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29-11-2001    
Consejo de Delegados, 2001 - Resoluciones
Incluye la Resolución 3, Estrategia para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.





Ginebra 11-14 de noviembre de 2001



    Resolución 1
Labor de la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja
    Resolución 2
Aplicación del Acuerdo de Sevilla y Conducción de las operaciones internacionales de socorro
    Resolución 3
Estrategia para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja
    Resolución 4
Acción del Movimiento en favor de los Refugiados y los Desplazados Internos
    Resolución 5
Derecho Internacional de las Intervenciones en Casos de Desastre
    Resolución 6
Emblema
    Resolución 7
Respeto del emblema en situaciones de conflicto armado o en otras situaciones de violencia
    Resolución 8
La Convención de las Naciones Unidas sobre Ciertas Armas Convencionales: residuos explosivos de guerra y conflictos armados no internacionales

    Resolución 9
Participación del personal de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en las diligencias judiciales relativas a las violaciones del derecho internacional humanitario

    Resolución 10
Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (diciembre de 2003)
    Resolución 11
Protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado
    Resolución 12
Fortalecimiento de los valores humanitarios por sobre las diferencias religiosas, políticas y étnicas
    Resolución 13
Declaración del Consejo de Delegados sobre los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 y sus consecuencias


Por razones de armonización, en las resoluciones, los títulos de la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Comisión Permanente), así como de los componentes del Movimiento, o sea: el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales) figuran en su forma completa la primera vez que se los menciona y después en forma abreviada o en siglas.

RESOLUCIÓN 1

Labor de la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja


El Consejo de Delegados,

habiendo tomado nota del informe entregado por la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Comisión Permanente) sobre su labor desde diciembre de 1999,

elogiando a la Comisión Permanente y a sus cinco Grupos de Trabajo por promocionar activamente la cooperación entre los componentes del Movimiento, incrementar el intercambio de información y preparar la adopción de medidas prácticas para permitir que sus miembros realicen su importante labor para el Movimiento,

reiterando previas recomendaciones de que la Comisión Permanente involucre a personalidades de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales) en calidad de asesores en la preparación del Consejo de Delegados y la Conferencia Internacional,

reiterando previas recomendaciones de que la Comisión Permanente organice consultas estructuradas con Sociedades Nacionales sobre todas las cuestiones que atañen al Movimiento aprovechando reuniones regionales u otras organizadas en el Movimiento,

1. alienta a la Comisión Permanente a mantener sus métodos de trabajo establecidos incluyendo a personalidades de Sociedades Nacionales y a establecer grupos de trabajo cuando se considere necesario;

2. insta a la Comisión Permanente a mantener sus Grupos de Trabajo sobre el Consejo de Delegados y la Conferencia Internacional;

3. alienta a la Comisión Permanente a seguir sus esfuerzos para continuar el desarrollo de la comunicación y consultas con los componentes del Movimiento mediante la participación en reuniones regionales u otras organizadas en el Movimiento;

4. reafirma la resolución 1 del Consejo de Delegados de 1997, según la cual las implicaciones financieras que se derivan de los párrafos 1 y 2 deberían ser responsabilidad conjunta de la Federación Internacional de las Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional), el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y las Sociedades Nacionales sobre la base de 25 % del CICR, 25 % de la Federación Internacional y 50 % mediante contribuciones voluntarias de las Sociedades Nacionales.



El Consejo de Delegados,

tomando nota del informe sobre la aplicación del Acuerdo sobre la organización de las actividades internacionales de los componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Acuerdo de Sevilla) para los años 2000 y 2001, sometido por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) a la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Comisión Permanente);

tomando nota también del Informe del Grupo ad hoc sobre ejecución de operaciones de socorro internacionales, en cumplimiento de la resolución 5 del Consejo de Delegados de 1999, y aprobando sus recomendaciones,

destacando que para aplicar el Acuerdo de Sevilla se requieren la complementariedad de las actividades, la cooperación funcional, el apoyo, el respeto mutuo y la confianza entre los componentes del Movimiento,

tomando nota con satisfacción de que la Secretaría de la Federación Internacional y el CICR han comenzado a armonizar sus sistemas y procedimientos,

reconociendo que ello contribuirá a fortalecer la capacidad operacional de las Sociedades Nacionales,

1. insta a todos los componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja a que apliquen las recomendaciones formuladas por el Grupo ad hoc sobre ejecución de operaciones de socorro internacionales anexas, se comprometan con el cumplimiento del proceso de Sevilla, vinculados por sus disposiciones y asignen recursos con esa finalidad;
2. pide a todas las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales) que informen a la Federación Internacional y al CICR acerca de las medidas tomadas al respecto;
3. pide asimismo a la Federación Internacional y al CICR que den cuenta al respecto en su informe anual sobre la aplicación del Acuerdo de Sevilla.


ANEXO A LA RESOLUCIÓN 2

Recomendaciones del grupo ad hoc sobre ejecución de operaciones de socorro internacionales


Teniendo en cuenta su cometido, basado en un análisis de la reciente experiencia operacional y una evaluación efectuada por expertos externos, el Grupo recomienda:

Mejorar las consultas

El CICR y la Secretaría de la Federación Internacional deberán establecer procesos transparentes de consulta, propiciando la participación de las Sociedades Nacionales pertinentes, específicamente destinados a mejorar la eficacia del Movimiento en la planificación y la realización de las operaciones de socorro en el ámbito de los desastres naturales o técnicos o de conflicto armado; dichos procesos permiten a las partes:

v intercambiar información sobre las posibles situaciones de emergencia y la capacidad de los componentes del Movimiento para afrontarlas;
v cooperar para el fortalecimiento de la capacidad de las Sociedades Nacionales en las acciones de emergencia;
v trazar planes de contingencia para hacer frente a los diversos grados y tipos de situaciones de emergencia;
v explicitar el mecanismo de toma de decisión, utilizado para determinar el modelo organizacional particular que se empleará en caso de situaciones complejas de emergencia y los criterios que se aplicarán para llegar a tales decisiones;
v supervisar el progreso de la armonización de los sistemas y los procedimientos asociados con operaciones de socorro.

Preparación, incluida la financiación

El CICR y la Secretaría de la Federación Internacional, en consulta con las Sociedades Nacionales, deberán:

v elaborar una estrategia para fortalecer la capacidad de intervención de emergencia de las Sociedades Nacionales en caso de conflicto y de desastres naturales, técnicos y de otra índole:
v mejorar la calidad de la información y el acceso a la misma sobre los países vulnerables, determinando sus vulnerabilidades y su capacidad para intervenir en situación de emergencia;
v mejorar la calidad de la información y el acceso a la misma sobre los recursos a disposición en el Movimiento con respecto a la intervención de emergencia;
v trazar, al nivel apropiado, planes de contingencia para el socorro en casos de desastre (a nivel nacional, zonal e internacional);
v establecer sistemas alternativos de llamamiento y financiación, que se adapten específicamente a las necesidades de ciertos tipos de situación de emergencia;
v constituir adecuados fondos de reserva, que permitan una acción inmediata antes de que se efectúe un llamamiento;
v garantizar la aplicación de las políticas sobre rehabilitación posterior a la emergencia, preparación para desastres, cooperación y fortalecimiento de la capacidad;
v formar a delegados, miembros del personal y voluntarios en materia de requisitos y responsabilidades de acción, incluido en el ámbito de la seguridad. Nadie deberá estar autorizado a actuar sobre el terreno sin haber seguido un curso de formación básica;
v aclarar la cuestión de la seguridad cuando la Federación Internacional es organismo director;
v alentar a la Sociedad Nacional operante a seguir estrictamente las normas de seguridad y los procedimientos establecidos por el organismo director.

Organización y gestión

El CICR y la Secretaría de la Federación Internacional en consulta con las Sociedades Nacionales deberán:

v en las situaciones no previstas por el Acuerdo de Sevilla, decidir la manera de actuar en la situación de emergencia a que hacen frente;
v instalar salas para las operaciones de emergencia en cada sede, como se recomienda en el informe de evaluación de los Balkanes, designando una sola para una operación conjunta;
v determinar las responsabilidades para cada nivel jerárquico con líneas de comunicación rápidas y claras entre los diferentes niveles.
v desde Ginebra, designar sólo a un director de operaciones en el terreno, que se encargará de la gestión operacional de todos los componentes del Movimiento y de las relaciones con los medios de comunicación, durante la fase de emergencia; todos los participantes respetarán su autoridad;
v seleccionar y formar a representantes del CICR, de la Federación Internacional y de las Sociedades Nacionales capaces de asumir la autoridad delegada sobre el terreno, dispuestos a desplazarse sobre el terreno en un plazo breve para asumir el control local.
El Grupo recomienda, además, que:

v cuando se requiera una evaluación de las necesidades además de la que realiza inicialmente la Sociedad Nacional operante, el organismo director debe organizar una evaluación de las necesidades, en la que participe la Sociedad Nacional operante, a la que deben atenerse todos los componentes;
v el organismo director utilice con eficacia los recursos de las Sociedades Nacionales de la zona (por ejemplo, personal, logística, obtención de fondos), implique a la Sociedad Nacional operante en la toma de decisiones, y aproveche la situación de emergencia para promover el fortalecimiento de la capacidad de dicha Sociedad Nacional;
v el organismo director establezca un centro de coordinación para las Sociedades Nacionales durante la fase de emergencia, con objeto de asesorar a todos los participantes sobre la situación y sus responsabilidades;
v se preste especial atención al traspaso del cometido de organismo director de un componente a otro al cambiar la situación.

Compatibilidad

Se deberá alentar al CICR y a la Secretaría de la Federación Internacional a proseguir sus esfuerzos relativos a la compatibilidad de sus sistemas de gestión y las Sociedades Nacionales deberán tratar de constituir sus propios interfaces de trabajo con estos sistemas. Los ámbitos que afectan a la eficacia de las operaciones incluyen:

v recursos humanos;
v logística y socorro;
v tecnología de información;
v evaluación;
v control de la calidad;
v datos estadísticos;
v supervisión sobre el terreno;
v presentación de informes financieros.

Información e imagen

El Grupo recomienda que:

v se proyecte ante el mundo una sola y única imagen de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, desde el terreno, conservando al mismo tiempo identidades separadas según los públicos;
v que el organismo director utilice un sistema de gestión de los medios de comunicación que transmita mensajes claros y ofrezca oportunidades para mejorar el reconocimiento de la Sociedad Nacional.

Cultura y comportamiento

El Grupo recomienda además que:

v las operaciones se guíen, esencialmente, por la solidaridad entre los componentes en interés de las víctimas y no por una acción humanitaria individual o competitiva;
v todos los participantes eviten acciones o declaraciones que puedan comprometer el cometido del CICR, especificado en los Convenios de Ginebra y los Estatutos del Movimiento, o menoscabar el respeto de cualquier componente del Movimiento.
v todos los participantes respeten las normas de compromiso y sancionen las desviaciones así como los infractores;
v el respectivo componente del Movimiento sancione a las personas que no cooperan.



El Consejo de Delegados,

recordando las resoluciones 1 y 5 del Consejo de Delegados de 1999, en las que solicita a la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Comisión Permanente) que establezca un grupo de trabajo para elaborar propuestas para una Estrategia global para el Movimiento,

tomando nota del Informe del Grupo de Trabajo sobre la Estrategia para el Movimiento,

apreciando el intensivo proceso de consultas celebradas por el Grupo de Trabajo en la elaboración de la Estrategia,

1. aprueba la Estrategia para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;

2. insta a todas las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales), a la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) y al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) a

    a) promover el conocimiento y el entendimiento de la Estrategia a todos los niveles de la respectiva Institución,
    b) ejecutar las acciones enunciadas en la Estrategia como parte de sus estrategias y planes a niveles nacional, zonal e internacional, y asignar los recursos solicitados para realizarlas;
3. invita a la Comisión Permanente a establecer un grupo operativo de expertos de las Sociedades Nacionales, de la Federación Internacional y del CICR, a fin de que tracen procedimientos de control, evaluación y análisis del progreso efectuado por todos los componentes por lo que respecta a la aplicación de la Estrategia;

4. solicita a las Sociedades Nacionales que presenten al Secretario General de la Federación Internacional informes acerca de la aplicación de la Estrategia, en el marco de los mecanismos actuales de presentación de informes;

5. pide a la Federación Internacional, al CICR y a la Comisión Permanente que analicen esos informes conjuntamente con el grupo operativo de expertos y que presenten al Consejo de Delegados un informe recapitulativo acerca de la aplicación de la Estrategia por los componentes del Movimiento;

6. decide examinar y, si fuera necesario, modificar la Estrategia en su próxima reunión.



El Consejo de Delegados,

expresando su profunda preocupación por la necesidad de mejorar la protección y la asistencia que se presta a las decenas de millones de personas que se han visto desarraigadas y obligadas a desplazarse a causa de conflictos armados, de violaciones del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, así como de catástrofes naturales o provocadas por actividades antrópicas;

acogiendo con satisfacción el documento preparado por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional), titulado Acción del Movimiento en favor de los refugiados y los desplazados internos (Documento CD 2001/6/1);

recordando y reafirmando las resoluciones aprobadas por la Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (resolución XXI, Manila, 1981; resolución XVII, Ginebra, 1986; resolución 4A, Ginebra, 1995, y Objetivo 2.3 del Plan de Acción de la XXVII Conferencia Internacional, Ginebra, 1999), así como las resoluciones aprobadas por el Consejo de Delegados (resolución 9, Budapest, 1991, y resolución 7, Birmingham, 1993);

recordando que en las situaciones de conflicto armado, los refugiados y los desplazados internos están protegidos por el derecho internacional humanitario; recordando, asimismo, la protección estipulada en el derecho de los refugiados, el derecho de los derechos humanos y el derecho interno, y alentando a que todos los componentes del Movimiento tomen, de conformidad con el respectivo cometido, las medidas apropiadas para concienciar a los Estados de los deberes que tienen en virtud de las disposiciones del derecho internacional humanitario, del derecho de los refugiados, del derecho de los derechos humanos y del derecho interno, aplicables a los refugiados y a los desplazados internos;

destacando la importancia de respetar el derecho internacional humanitario para prevenir los desplazamientos;

tomando nota de la necesidad de que los componentes del Movimiento convengan y apliquen una estrategia coherente que haga posible prever la respuesta a las necesidades de los refugiados y los desplazados internos, así como adoptar un enfoque global basado en una respuesta a las necesidades y no en categorías de personas;

tomando nota también de la necesidad de que todas las actividades de los componentes del Movimiento en favor de los refugiados y los desplazados internos deben realizarse en consonancia con el respectivo cometido, como se pone de relieve en los Estatutos del Movimiento y en el Acuerdo de Sevilla, y observando los Principios Fundamentales del Movimiento.

Respuesta del Movimiento a las necesidades de los refugiados y los desplazados internos

1. pide que el CICR, la Federación Internacional y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, de conformidad con el respectivo cometido, procuren adoptar, en todo tiempo, un enfoque global en la respuesta del Movimiento, atendiendo a las necesidades tanto de los refugiados y las personas desplazadas – considerando, siempre que sea posible, todas las fases del desplazamiento, desde la prevención hasta el retorno –, como de la población residente, a fin de respetar el principio de imparcialidad en todo tiempo. En esa respuesta debe tenerse especialmente en cuenta:

v la necesidad de protección, asistencia, servicios de búsqueda, reunificación de las familias y soluciones duraderas como el retorno, los asentamientos locales o los reasentamientos en un tercer país;
v las necesidades específicas de los diferentes grupos que forman la población de refugiados y de desplazados internos, así como sus diferentes necesidades en las distintas fases del desplazamiento;
v la necesidad de acciones a corto plazo y de soluciones a largo plazo;
v la necesidad de hacer participar a los refugiados y a los desplazados internos en la planificación y la aplicación de los programas para su propio provecho;
v las necesidades de las comunidades locales y de acogida;
v la necesidad de repartición de la carga financiera en el Movimiento, a fin de asistir a las Sociedades Nacionales cuando la intervención en casos de desplazamiento de población exceda sus capacidades individuales;
v la necesidad de desarrollar una sólida plataforma de mediación basada en las posiciones comunes del Movimiento.

Coordinación y cooperación en el Movimiento

2. solicita que el CICR y la Federación Internacional elaboren una estrategia que tenga en cuenta las cuestiones y los desafíos a los que se refiere la Sección VI del arriba citado documento (CD 2001/6/1) mediante un intercambio periódico y eficiente de información entre los distintos componentes del Movimiento, así como entre las sedes y el terreno;

3. reconoce que, en algunas circunstancias, el CICR debe, como organismo director en las situaciones de conflicto armado, centrar su acción en las necesidades esenciales de los refugiados y de los desplazados internos que están más cerca de las zonas de conflicto, mientras que otras personas desplazadas a mayor distancia del teatro de hostilidades pueden también necesitar acuciantemente recibir ayuda; e insta a que el CICR, en consulta con la Federación Internacional y las Sociedades Nacionales, busque, en el marco del Acuerdo de Sevilla. soluciones de tipo operacional para estos casos;

4. exhorta a que las Sociedades Nacionales apoyen los programas del CICR y de la Federación Internacional en favor de los refugiados y los desplazados internos, movilizando el apoyo tanto del público como del Gobierno del respectivo país y coordinando su acción con el organismo director para que la respuesta del Movimiento sea lo más efectiva posible.

Coordinación y cooperación con otros actores humanitarios

5. pide que el CICR, la Federación Internacional y las Sociedades Nacionales, juntos o individualmente, y de conformidad con el respectivo cometido, sigan coordinando estrechamente sus actividades en este ámbito y promuevan una verdadera coordinación con otros organismos humanitarios, a fin de que los componentes del Movimiento puedan adoptar un enfoque coherente en sus relaciones con otros organismos humanitarios y se propicie una mayor complementariedad en sus actividades;

6. insta a que las Sociedades Nacionales se cercioren de que sus actividades en favor de los refugiados y los desplazados internos son realizadas en el respeto de los Principios Fundamentales y la política actual del Movimiento en todo tiempo y, especialmente, cuando actúan como asociados de otros organismos humanitarios;

7. recuerda a las Sociedades Nacionales su obligación de informar a la Federación Internacional y al CICR, de cualquier negociación que pueda conducir a un acuerdo oficial entre ellas y un organismo de las Naciones Unidas o cualquier otra organización internacional. La Federación Internacional y el CICR ayudarán a las Sociedades Nacionales en las negociaciones que puedan llevar a un acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y deben estar de acuerdo con los términos de dicho convenio afin de garantizar la coherencia y la complementariedad;

8. solicita que el CICR y la Federación Internacional inicien conjuntamente un proceso de consultas con el ACNUR, a fin de esclarecer los términos en virtud de los cuales los componentes del Movimiento se comprometen a cooperar con el ACNUR y presenten un informe al respecto al próximo Consejo de Delegados.

Desarrollo de una Estrategia del Movimiento

9. pide que el CICR y la Federación Internacional desarrollen, en consulta con las Sociedades Nacionales, propuestas para una estrategia del Movimiento relativa a los refugiados y los desplazados internos, y presenten un informe al próximo Consejo de Delegados;

10. pide también a la Federación Internacional que desarrolle, en consulta con las Sociedades Nacionales, propuestas para un plan de acción sobre otros aspectos de los movimientos de población. Este plan de acción abordará, entre otros temas, la migración y la consiguiente vulnerabilidad, los migrantes en situación irregular, y las actividades para hacer frente a la discriminación y la xenofobia. La Federación Internacional informará al respecto en el próximo período de sesiones de su Asamblea General.



El Consejo de Delegados,

recordando la Resolución VI de la XXIII Conferencia Internacional de la Cruz Roja (Bucarest, 1977) y las recomendaciones incluidas en su anexo sobre medidas para acelerar el socorro internacional,

teniendo en cuenta los Principios y Normas de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja para el Socorro en Casos de Desastre de los que tomó nota la XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Conferencia Internacional) (Ginebra, 1995),

recordando la importancia para todos los actores humanitarios de las obligaciones enumeradas en el Código de Conducta relativo al socorro en casos de desastre para el Movimiento y las organizaciones no gubernamentales (ONG) refrendado por el Consejo de Delegados (Birmingham, 1993),

tomando nota de la Estrategia 2010 tal como la aprobó la Asamblea General de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) en 1999,

recordando el Objetivo final 2.2, párrafo 7 del Plan de Acción Internacional adoptado en la XXVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Ginebra, 1999),

tomando nota de la importancia de la labor que se está llevando a cabo actualmente en las Naciones Unidas sobre el desarrollo de normas relativas a la búsqueda y el rescate urbanos a nivel internacional,

reconociendo el concepto de Derecho Internacional de las Intervenciones en Casos de Desastre (DIICD) tal como se esboza en el documento de referencia CD/2001/7/1.

destacando que es necesario preservar la plena aplicación del Derecho Internacional Humanitario en situaciones de conflicto armado y desastres humanitarios complejos,

1. acoge con satisfacción la iniciativa de la Federación Internacional de defender el desarrollo y, cuando corresponda, la mejora y la aplicación rigurosa del Derecho Internacional de las Intervenciones en Casos de Desastre, en particular, aunque sin limitarse a ello, mediante la compilación y publicación de las leyes y reglamentaciones internacionales existentes y la evaluación de su impacto real en las operaciones humanitarias;

2. alienta a la Federación Internacional a que, con el apoyo de todas las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales) involucradas, inicie -o cuando corresponda -continúe manteniendo el diálogo con los gobiernos y promueva la formulación de leyes y reglamentaciones idóneas para la intervención en casos de desastre, que permitan a los agentes que prestan socorro responder a las necesidades de las víctimas de la manera más eficaz;

3. alienta a la Federación Internacional a que continúe su trabajo y la invita a informar al respecto al Consejo de Delegados y a la Conferencia Internacional en 2003;

4. pide a las Sociedades Nacionales y, cuando corresponda, al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) que apoyen a la Federación Internacional en la aplicación de esta resolución contribuyendo al plan de trabajo y a las actividades de sensibilización;

5. invita a las Sociedades Nacionales a que alienten a sus respectivos gobiernos a que suscriban el Convenio de Tampere sobre el suministro de recursos de telecomunicaciones para la mitigación de catástrofes y las operaciones de socorro en casos de catástrofe del 18 de junio de 1998 como contribución importante al desarrollo del derecho internacional de las intervenciones en casos de desastre.



El Consejo de Delegados,

habiendo tomado nota del informe presentado por la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Comisión Permanente) sobre el seguimiento dado a la resolución 2 del Consejo de Delegados que tuvo lugar en Ginebra los días 29 y 30 de octubre de 1999 y a la resolución 3 de la XXVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;

1. encomia los esfuerzos realizados por el Grupo de trabajo mixto sobre los emblemas, establecido por la Comisión Permanente a fin de hallar una solución global a la cuestión del emblema, y que está integrado por representantes del Movimiento y de los Estados;

2. recuerda los Principios Fundamentales del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en particular el principio de la universalidad del Movimiento;

3. confirma su objetivo de hallar, cuanto antes, una solución global a la cuestión del emblema que sea aceptable para todas las partes en términos de sustancia y procedimiento;

4. reconoce el valor jurídico y protector de los emblemas empleados por el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, que, en virtud de su inclusión en los Convenios de Ginebra de 1949 y de la práctica continuada durante más de un siglo, han llegado a ser símbolos universalmente reconocidos de ayuda imparcial y neutral, así como de protección, en favor de las víctimas de la guerra, de los desastres naturales y de otra índole;

5. observa que la aprobación de un emblema adicional que esté desprovisto de cualquier connotación política, nacional o religiosa tenderá a potenciar la protección de las víctimas de la guerra y de otras situaciones de violencia;

6. observa que el proyecto del III Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra, que redactó el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), en consulta con la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional), y que Suiza puso en circulación, el 12 de octubre de 2000, en su capacidad de depositario de los Convenios de Ginebra, es una base de trabajo aceptable para reanudar las negociaciones cuando lo permitan las circunstancias;

7. expresa su sincero pesar sobre el hecho de que, en septiembre de 2000, los acontecimientos en Oriente Próximo dieron lugar a una situación que obligó a Suiza a aplazar la Conferencia Diplomática, que iba a ser convocada para examinar y, si era posible, aprobar el III Protocolo;

8. expresa el deseo de que la Conferencia Diplomática pueda celebrarse tan pronto como las circunstancias indiquen perspectivas favorables para llegar a un acuerdo;

9. invita a la Federación Internacional y al a emprender todas las iniciativas posibles para continuar la cooperación –en particular en el ámbito de las actividades operacionales– con las Sociedades Nacionales que aún no han sido reconocidas,

10. solicita a la Comisión Permanente que continúe celebrando consultas a fin de hallar una solución global a la cuestión del emblema sobre la base del trabajo ya realizado y que informe sobre la aplicación de la presente resolución al próximo Consejo de Delegados y a la XVIII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.



El Consejo de Delegados,

profundamente preocupado por los ataques deliberados o accidentales en situaciones de conflicto armado o en otras situaciones de violencia contra personal de socorro, hospitales, edificios o vehículos pertenecientes al Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), a la Federación Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) o a las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales), o contra los servicios médicos civiles o militares,

insta a las partes implicadas en cualquier conflicto armado o en otra situación de violencia, a que reconozcan y respeten el valor protector de los emblemas del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.



El Consejo de Delegados,

alarmado por el elevado y evitable número de muertos y heridos, durante y después de un conflicto armado, a causa de los residuos explosivos de guerra (municiones sin estallar/MUSE) que ya no tienen ninguna finalidad militar,

profundamente preocupado por las consecuencias a largo plazo que tienen para la población civil las municiones sin estallar, en particular porque impiden el regreso de los refugiados y los desplazados internos, obstaculizan la entrega de la ayuda humanitaria y la prestación de otros servicios a las personas vulnerables y traban la reconstrucción y el desarrollo económico,

poniendo de relieve la necesidad de que las disposiciones del derecho internacional humanitario, por las que se rige el empleo de ciertas armas, se apliquen en todas las situaciones de conflicto armado,

tomando nota de que la segunda Conferencia de Examen de la Convención de las Naciones Unidas sobre Ciertas Armas Convencionales se celebrará del 11 al 21 de diciembre de 2001,

recordando la Estrategia del Movimiento sobre minas terrestres, aprobada por la resolución 10 del Consejo de Delegados, en octubre de 1999,

1. acoge con satisfacción las propuestas formuladas por el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), que se presentarán a la consideración de la Conferencia de Examen, relativas a los residuos explosivos de guerra;
2. acoge también con satisfacción las propuestas formuladas por el CICR sobre la ampliación del ámbito de aplicación de la Convención a los conflictos armados no internacionales;
3. insta a todos los Estados Partes en la Convención a que participen en la Conferencia de Examen;
4. solicita a la Conferencia de Examen que entable negociaciones, a comienzos de 2002, acerca de un nuevo protocolo para hacer frente a los problemas que plantean los residuos explosivos de guerra;
5. exhorta a los Estados Partes en la Convención a que lleguen a un acuerdo, cuanto antes, sobre la ampliación del ámbito de aplicación de la Convención;
6. insta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que se adhieran a la Convención lo antes posible y a que participen en la Conferencia de Examen;

7. reafirma el compromiso del Movimiento Internacional para con la Estrategia del Movimiento sobre minas terrestres y la prosecución de los esfuerzos en los ámbitos de asistencia y rehabilitación de las víctimas de las minas terrestres y MUSE, de sensibilización al peligro que entrañan las minas y las MUSE, así como de promoción en favor de la adhesión y la aplicación de los pertinentes tratados de derecho internacional humanitario;
8. alienta a todos los componentes del Movimiento a que sensibilicen al público y a los Gobiernos sobre el costo humano de los residuos explosivos de guerra y a que fomenten la negociación de un nuevo y efectivo protocolo de la Convención de las Naciones Unidas sobre Ciertas Armas Convencionales para hallar una solución a este problema;
9. pide al CICR que informe al Consejo de Delegados de 2003 acerca de los progresos alcanzados por lo que respeta a los residuos explosivos de guerra y a la ampliación del ámbito de aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre Ciertas Armas Convencionales.


El Consejo de Delegados,

recordando la obligación de los Estados de poner fin a las violaciones del derecho internacional humanitario y reprimirlas,

observando con gran satisfacción los avances realizados en los ámbitos nacional e internacional hacia una represión más eficaz de las violaciones del derecho internacional humanitario,

tomando nota de los esfuerzos que realizan las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales) para promover el derecho internacional humanitario en sus países y alentar a sus Gobiernos a adoptar una legislación nacional adecuada para castigar las violaciones del derecho internacional humanitario,

recordando además los principios de neutralidad e imparcialidad como requisitos esenciales para el cumplimiento del mandato humanitario del Movimiento, especialmente para las actividades del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR),

manifestando agradecimiento por el reconocimiento del privilegio testimonial del CICR en la jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para ex-Yugoslavia y en el borrador de las Normas de Procedimiento y Prueba de la Corte Penal Internacional,

siendo conscientes del peligro potencial que para la labor futura del Movimiento puede suponer el hecho de que representantes de cualquiera de los componentes sean llamados a declarar en las diligencias judiciales destinadas a castigar las violaciones del derecho internacional humanitario,

destacando la gran importancia de un enfoque concertado entre los componentes del Movimiento en relación a esta cuestión,

1. toma nota de la labor y las consultas llevadas a cabo por las Sociedades Nacionales, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) y el CICR en lo que atañe a la participación de componentes individuales del Movimiento en diligencias judiciales destinadas a castigar las violaciones del derecho internacional humanitario;

2. invita a las Sociedades Nacionales, junto a la Federación Internacional y el CICR, a que continúen sus esfuerzos por crear conciencia sobre esta cuestión dentro del Movimiento y sensibilizar a las autoridades públicas pertinentes, explicando el riesgo potencial que para la acción humanitaria de todos los componentes de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja supondría la implicación en diligencias judiciales relativas a las violaciones del derecho internacional humanitario;

3. pide al CICR y a la Federación Internacional, junto con las Sociedades Nacionales, que desarrollen la información pertinente sobre este asunto y elaboren medidas prácticas para introducir la cuestión en la formación del personal y de los delegados de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja;

4. invita, además, a las Sociedades Nacionales y la Federación Internacional a revisar y promover cláusulas normalizadas en los contratos de los trabajadores de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, a fin de garantizar que se tomen las medidas adecuadas cuando se solicite su cooperación;

5. sugiere que las Sociedades Nacionales, cuando se solicita a sus delegados o personal información obtenida durante sus misiones y que se pretende utilizar en procedimientos nacionales o internacionales destinados a castigar las violaciones relacionadas con los crímenes tipificados en el derecho internacional humanitario, pidan asesoramiento a la Federación Internacional y al CICR antes de adoptar otras medidas;

6. alienta a los Estados para que, al ratificar el Estatuto de la Corte Penal Internacional, no efectúen la declaración prevista en el artículo 124 del citado Estatuto;

7. solicita al CICR y a la Federación Internacional que informen en la reunión del Consejo de Delegados de 2003 sobre los avances logrados.



El Consejo de Delegados,

toma conocimiento de los informes de la Comisión Permanente de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Comisión Permanente) acerca de la aplicación del Plan de Acción aprobado por la XXVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Conferencia Internacional) de los preparativos de la Conferencia Internacional de 2003,

toma nota con reconocimiento de esos informes y de sus sugerencias, y solicita a la Comisión Permanente que, cuando decida de la estructura y del tema de la Conferencia Internacional de 2003, tenga en cuenta las observaciones formuladas durante el Consejo de Delegados, así como las que se formulen en ulteriores consultas con los Gobiernos,

1. insta a todos los componentes del Movimiento y a los Gobiernos a que redoblen los esfuerzos dedicados a la aplicación del Plan de Acción de 1999 y al cumplimiento de las promesas conexas, y a que informen al Comité Internacional de la Cruz Roja y a la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja sobre las medidas que han adoptado a este respecto, a fin de que ambas organizaciones puedan actualizar constantemente la base de datos establecida con objeto de presentar a la Conferencia Internacional de 2003 los resultados generales de esa aplicación;
2. alienta a todos los componentes del Movimiento a participar activamente en la preparación y promoción de la Conferencia Internacional y a asignar los recursos adecuados para esa labor, así como a instar a los Gobiernos a que hagan lo mismo.



El Consejo de Delegados,

profundamente alarmado por la destrucción de monumentos, obras de arte, libros, manuscritos y otros bienes culturales durante los conflictos armados,

reconociendo que los bienes culturales, los monumentos y el patrimonio cultural son elementos esenciales de la identidad de los pueblos, así como la importancia de conservarlos, no solamente como parte del patrimonio cultural de la humanidad sino también con miras a promover la paz, la comprensión mutua y la protección que brinda a los bienes culturales el derecho penal,

tomando nota de que para mejorar la protección de los bienes culturales durante los conflictos armados es menester respetar las normas pertinentes del derecho internacional humanitario, en particular, la Convención de La Haya de 1954 para la protección de los bienes culturales en caso de conflicto armado y sus dos Protocolos de 1954 y 1999,

recordando el Plan de Acción de la XXVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las resoluciones pertinentes de las anteriores Conferencias Internacionales, en las que se solicita a los Estados que examinen la posibilidad de adherirse a los tratados pertinentes concertados desde la aprobación de los Convenios de Ginebra de 1949, a fin de realzar la índole universal del derecho internacional humanitario,

reconociendo que muchas de las normas contenidas en la Convención de La Haya de 1954 y en sus dos Protocolos de 1954 y 1999 deben aplicarse en tiempo de paz para que sean eficaces en situaciones de conflicto armado,

recordando el cometido especial del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Sociedades Nacionales) en la promoción, la difusión y la aplicación del derecho internacional humanitario,

1. toma nota con satisfacción de que el CICR, en cooperación con la UNESCO, desempeña un papel cada vez más preponderante para alentar la ratificación y la aplicación de la Convención de La Haya y sus dos Protocolos;

2. alienta a las Sociedades Nacionales a que, en sus actividades de promoción, difusión y aplicación del derecho internacional humanitario, incluyan la Convención de La Haya y sus dos Protocolos, sea por propia iniciativa sea en colaboración con el respectivo Gobierno,

3. invita a los Estados que aún no sean partes en los tratados pertinentes celebrados desde la adopción de los Convenios de Ginebra de 1949, en particular la Convención de la Haya de 1954 y sus dos Protocolos, que adhieran a ellos, a fin de realzar la índole universal del derecho internacional humanitario.



El Consejo de Delegados,

habiendo recibido la decisión adoptada por la Asamblea General de la Federación Internacionalde la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional) titulada fortalecimiento de los valores humanitarios por sobre las diferencias religiosas, políticas y étnicas (ver Anexo),

hace suya dicha decisión y solicita a todas las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja que actúen conforme a ella, con el apoyo del Comité Internacional de la Cruz Roja y la Federación Internacional.


ANEXO A LA RESOLUCIÓN 12

Decisión de la Asamblea General de la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja


La Asamblea General,

teniendo en cuenta los debates que tuvieron lugar en la Asamblea y en los Grupos de Trabajo sobre la cuestión,

acoge con beneplácito la decisión adjunta de la Junta de Gobierno, e

invita al Secretario General a señalar estas decisiones a la atención del Consejo de Delegados,

solicita a todas las Sociedades Nacionales que adopten las medidas que se exponen en esta decisión,

solicita al Secretario General que continúe el desarrollo de las actividades destinadas a apoyar la iniciativa de las Sociedades Nacionales en este ámbito,

solicita, asimismo, a la Junta de Gobierno de la Federación que examine las actividades de seguimiento de esta decisión en su próxima reunión.


* * * * * * * * * *

La Junta de Gobierno,

reconociendo que las acciones contra la humanidad crean condiciones en las cuales millones de personas deben temer por sus vidas y ven amenazado su bienestar económico y social,

reconociendo, además, que el Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, y en particular las Sociedades Nacionales, pueden desempeñar un papel fundamental en la restauración y el fortalecimiento de los valores humanitarios más allá de las diferencias religiosas, políticas y étnicas,

recordando, en este contexto, el compromiso asumido por las Sociedades Nacionales y los Estados de cooperar y, dado el caso, tomar la iniciativa de fomentar la tolerancia, la no violencia en la comunidad y la diversidad cultural, tal como está expresado en el Plan de Acción Internacional adoptado por la XXVII Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en 1999,

invita a las Sociedades Nacionales a establecer acuerdos de cooperación con otras Sociedades Nacionales a fin de fortalecer sus actividades de lucha contra la discriminación y la violencia; dichas cooperaciones deberían ignorar las fronteras étnicas, religiosas o políticas;

solicita a las Sociedades Nacionales que intensifiquen el diálogo con sus Gobiernos a fin de promover la tolerancia y el buen entendimiento, tanto a nivel mundial como en el seno de sus comunidades;

solicita a todas las Sociedades Nacionales a abogar de manera activa para que se protejan los derechos de los grupos en peligro en sus países y, en caso necesario, a cooperar con otros organismos, incluyendo organismos gubernamentales, para crear condiciones seguras para personas amenazadas por la violencia o la discriminación;

solicita a la Secretaría que coordine, en estrecha concertación con las Sociedades Nacionales y el CICR, un programa para fomentar la tolerancia, la no violencia y la diversidad cultural;

acoge con satisfacción la solidaridad expresada por las Sociedades Nacionales y todos los componentes del Movimiento con las víctimas de los devastadores actos del 11 de septiembre y después de esta fecha,

toma nota de que el Movimiento de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja es y sigue siendo el más eficaz movilizador de asistencia a todas las víctimas de la violencia, incluyendo el terrorismo y todas las formas de conflicto;

invita a la Presidenta a someter esta decisión a la atención de la Asamblea General en su próximo período de sesiones.



Los atentados terroristas del 11 de septiembre de 2001 han vuelto a poner en cuestión los más fundamentales valores de todas las sociedades humanas, en particular los que sustentan el derecho internacional humanitario y los derechos humanos. El Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja condena en los términos más enérgicos estos actos, que son la negación misma de los principios más elementales de humanidad.

Estos actos han sumido en el duelo y el dolor a miles de familias de diversas nacionalidades y desde entonces han tenido por consecuencia infligir a la población de Afganistán los sufrimientos de una nueva guerra. Nos obligan a tomar mayor conciencia de las amenazas que nos acechan y, especialmente, las que constituyen las armas de destrucción masiva. En este clima de crisis, el Movimiento constata también con preocupación el surgimiento de nuevas formas de intolerancia y el recrudecimiento de los actos de xenofobia y racismo.

Estos problemas vienen a subrayar la pertinencia y la actualidad de los principios de humanidad, no discriminación, tolerancia, solidaridad e independencia en los que se inspira la acción del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja desde hace más de un siglo. Fundándose en la gran diversidad de culturas de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (sociedades Nacionales), el Movimiento se propone intensificar sus acciones, rehusar todas las formas de exclusión y promover una cultura de tolerancia, justicia y paz a través de todas las civilizaciones.

En respuesta a esta crisis, el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (Federación Internacional), con apoyo de las Sociedades Nacionales, han iniciado una acción internacional para brindar socorro sin discriminación a las poblaciones víctimas del conflicto en Afganistán, dentro y fuera de las fronteras del país.

La extrema gravedad de la crisis provocada por la tragedia del 11 de septiembre y su repercusión en los medios de comunicación no deben hacernos olvidar las innumerables víctimas de otros conflictos en África, en Asia, en el Cercano Oriente, en Europa y en América Latina. También ellas esperan una ayuda solidaria que responda a la inmensidad de sus sufrimientos.

En nombre de todas estas víctimas, el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, reunido en Ginebra para su Consejo de Delegados del 11 al 14 de noviembre de 2001, urge a los Gobiernos y a los dirigentes de las organizaciones políticas internacionales a que se comprometan a no escatimar esfuerzos para lograr que los Convenios de Ginebra de 1949 sean plenamente respetados en el marco de todos los conflictos y para garantizar que las organizaciones internacionales tengan acceso a las víctimas.

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29-11-2001