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22-06-2006 XXIX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja - Resolución 1 XXIX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, Ginebra, 20 al 21 de junio de 2006 La XXIX Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja,
2. decide que, de ahora en adelante, el emblema del Protocolo III llevará el nombre de «cristal rojo»; 3. solicita al Comité Internacional de la Cruz Roja que reconozca a la Media Luna Roja Palestina, y pide a la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja que admita a esa Sociedad como miembro.
Anexo de la Resolución 1
Estatutos del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja Título Complétese el subtítulo como sigue: Aprobados por la XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja en Ginebra el mes de octubre de 1986, modificados en 1995 y en 2006 Artículo 3 Remplácese la última frase del artículo 3, párrafo 2, como sigue: "Colaboran asimismo con su gobierno para hacer respetar el derecho internacional humanitario y para lograr la protección de los emblemas distintivos reconocidos en los Convenios de Ginebra y en sus Protocolos adicionales." Artículo 4 Remplácese la última frase del artículo 4, párrafo 5, como sigue: "5. Hacer uso de un nombre y de un emblema distintivo de conformidad con los Convenios de Ginebra y sus Protocolos adicionales." Artículo 21 Remplácese el artículo 21, párrafo 2, como sigue: "2. Los presentes Estatutos modificados entran en vigor el 22 de junio de 2006. |