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Documento archivado (probablemente con información obsoleta)

1-03-1994    
Colaboración de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja con los gobiernos por lo que respecta a la reunión de familiares dispersos
Tomado de Manual del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, decimotercera edición, 1994

XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, Ginebra, 1986, Resolución XV.

    La XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja,

    considerando que, como resultado de conflictos armados internacionales o no internacionales y de tensiones políticas incesantes, un elevado número de personas han sido separadas de su familia;

    recordando y reafirmando las Resoluciones XX, XX y XIX respectivamente, de las XVIII, XIX y XX Conferencias Internacionales de la Cruz Roja;

    enterada de que no todos los familiares dispersos a los que se debía prestar asistencia, de conformidad con las mencionadas Resoluciones, han sido aún, reunidos según sus deseos;

    considerando que, además, hay muchas personas a las que, a pesar de disponer de un visado de ingreso al país de su elección, se les niega el derecho a emigrar a dicho país para reunirse con sus familiares;

    consciente del elevado número de refugiados y de personas deportadas que existe en el mundo y de los profundos sufrimientos infligidos al individuo por estar alejado de su país y su familia por motivos que ya no siempre pueden atribuirse a la Segunda Guerra Mundial ni a sus consecuencias, así como la incertidumbre acerca de la suerte que corren miembros de su familia;

    expresando su agradecimiento a los gobiernos, al CICR y a las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja por la fructífera colaboración mantenida hasta ahora:

    1. reafirma la permanente voluntad de las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja de colaborar en la acción humanitaria, en la reunión de familiares dispersos, en el intercambio de información relativa a las familias y en las actividades que faciliten la búsqueda de personas desaparecidas;

    2. solicita a todos los gobiernos que apoyen los esfuerzos desplegados por las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja para que se ocupen de los problemas que plantean las actividades de búsqueda y la reunión de familiares;

    3. solicita a los gobiernos que examinen de manera favorable y humanitaria las peticiones presentadas por las personas que desean salir del país y reunirse con miembros de su familia en un país de acogida que se haya declarado dispuesto a recibirlas; que consideren debidamente tales peticiones y se muestren comprensivos al respecto; y que tomen rápidamente la decisión que corresponda con un espíritu humanitario, y se cercioren de que ninguna solicitud sea tratada injusta o discriminatoriamente;

    4. insta a las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja a que actúen como intermediarios neutrales ante el gobierno respectivo, con miras a facilitar la solución de estos problemas de índole humanitaria;

    5. recomienda que las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja intensifiquen los contactos y las conversaciones, tanto entre ellas mismas como con el CICR, a fin de prestarse una asistencia mutua por lo que respecta a la reunión de familiares dispersos, contribuyendo asía fomentar la comprensión y la paz.


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