Derecho internacional humanitario aplicable a los conflictos armados en el mar
La XXVI Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja,
recordando la resolución VII de la XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja en la que se solicitan nuevos esfuerzos en cuanto a la reafirmación, la clarificación y el desarrollo del derecho internacional humanitario aplicable en los conflictos armados en el mar;
tomando nota del informe del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) sobre este tema;
tomando nota con satisfacción de los esfuerzos emprendidos a nivel nacional para redactar manuales en que se especifique el contenido del derecho internacional humanitario aplicable a los conflictos armados en el mar;
acogiendo con particular satisfacción la terminación del Manual de San Remo sobre el derecho internacional aplicable a los conflictos armados en el mar y su Explicación adjunta, y apreciando los esfuerzos desplegados por el Instituto Internacional de Derecho Humanitario de San Remo, el CICR y los expertos en la preparación del Manual y su Explicación;
1. insta a los Estados que aún no lo hayan hecho a que redacten manuales sobre el derecho internacional humanitario aplicable a los conflictos armados en el mar;
2. alienta a los Estados a que, cuando redacten proyectos de manuales e instrucciones para sus fuerzas armadas navales, tengan, en la medida de lo posible, en cuenta las disposiciones del Manual de San Remo;
3. invita a que el CICR, la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja promuevan el conocimiento del derecho internacional humanitario contemporáneo aplicable a los conflictos armados en el mar.