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18-07-1998  Declaración oficial  
Alocución del señor Yves Sandoz en la Conferencia en Roma
Conferencia Diplomática de Plenipotenciarios de las Naciones Unidas sobre la creación de un Tribunal Penal Internacional, Roma

18 de julio de 1998

    Sesión plenaria final

    Alocución del señor Yves Sandoz, Jefe de la delegación del Comité Internacional de la Cruz Roja

    Señor Presidente :

    En nombre del Comité Internacional de la Cruz Roja, deseo agradecer esta última oportunidad para expresarme en esta Asamblea.

    Usted sabe la importancia que merece al CICR el establecimiento de un eficaz Tribunal Penal Internacional. Con la aprobación de los Estatutos, dicho Tribunal puede finalmente convertirse en realidad. Es un éxito que ha de agradecerse a todos los que trabajaron infatigablemente para lograr algo que muchos consideraban utópico.

    El texto de estos Estatutos es substancial y permitirá que el Tribunal luche eficazmente contra los grandes criminales que, aún numerosos, viven con toda tranquilidad haciendo escarnio a la comunidad internacional y cuya impunidad es una puerta abierta al crimen.

    Sin embargo, hemos de abstenernos de todo triunfalismo.

    Primeramente, las normas substanciales de los Estatutos todavía han de completarse: así pues, es valiosa la posibilidad de revisarlos siete años después de su entrada en vigor. Antes de ese plazo, señalemos la importancia de establecer rápidamente el anexo relativo al empleo de armas indiscriminadas, en particular las de destrucción masiva, cuya exención será mal comprendida. Por lo demás, la consolidación de la prohibición del empleo de las minas antipersonal y de las armas cegadoras ha de permitir incluir también la represión de su empleo por el Tribunal, durante la primera revisión de los Estatutos.

    Nos es grata también la inclusión substancial de los conflictos no internacionales; no obstante lamentamos la ausencia de disposiciones específicas que mencionen el recurso a la hambruna, los ataques indiscriminados y el empleo de armas prohibidas. Tanto más cuanto que hoy se reconoce que no es aceptable utilizar contra la propia población armas, cuyo empleo se prohíbe contra un enemigo exterior.

    Cabe señalar asimismo que si, globalmente, la substancia de los Estatutos es buena, ello no basta para que el Tribunal sea eficaz. Será muy fácil para los Estados que no estén obligados por los Estatutos, ya que ningún criminal de guerra que haya ejecutado acciones en su territorio o que tenga su nacionalidad podrá ser perseguido sin el acuerdo de esos Estados. Ahora bien, en los conflictos internos, de lejos los más numerosos, el mismo Estado cumula esas competencias y podrá oponerse pues a toda diligencia penal por parte del Tribunal. Además, también para un Estado Parte, en el artículo 111 bis, se estipula la posibilidad -aunque transitoria- de excluir la competencia del Tribunal para los criminales de guerra que tengan su nacionalidad, en todo lugar del mundo y en el caso de los conflictos que tienen lugar en su territorio. Digámoslo sin ambages, este artículo es una piedra negra en el edificio del Tribunal.

    Entonces, qué hacer para que este Tribunal sea eficaz y dar un sentido al ingente trabajo realizado?

    Los Estados tienen que firmar y ratificar masivamente este Tratado -sin lo cual, el Tribunal será una estructura vacía-, y procurar al Tribunal los medios para ser eficaz, garantizando su financiación, seleccionando jueces, un fiscal y personal de calidad e integridad irreprochables. De hecho, estoy convencido de que la clave del éxito es permitir que el Tribunal dé pruebas de su competencia y se granjee así la confianza de todos. A lo largo de los debates de Roma, me ha impresionado comprobar la desconfianza que inspira aún la formación de esta nueva institución. Si la calidad ejemplar del trabajo del Tribunal disipa esta desconfianza, se multiplicarán entonces las adhesiones, mejorarán los Estatutos y desaparecerá la escapatoria del artículo 111 bis.

    Sin embargo, seamos conscientes de que es largo el camino por recorrer y que los grandes criminales han de ser perseguidos sin descanso y cuanto antes, en nombre de quienes han sido masacrados, expoliados, violados o torturados. Por ello, es indispensable, paralelamente a la institución del Tribunal, intensificar los esfuerzos para poner por obra la obligación universal de perseguir y juzgar a los criminales de guerra dondequiera que se encuentren y para desarrollar las legislaciones nacionales en ese ámbito.

    A este respecto, el Comité Internacional de la Cruz Roja seguirá ofreciendo el apoyo de su Servicio de Asesoramiento. También se pone a disposición de la Comisión Preparatoria, especialmente para contribuir a definir los elementos constitutivos de los crímenes de guerra.

    Señor presidente :

    Permítame concluir declarando que los Estatutos que acaban de elaborarse ofrecen a los Estados una extraordinaria oportunidad, a comienzos del siglo XXI, de unirse para la defensa de valores esenciales y dar un verdadero sentido al concepto de "comunidad internacional": ¡ojalá que la aprovechen !

    Agradezco su atención.

    Ref. LG 1998-063-ESP

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18-07-1998