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23-12-2003 Publicado en "Derecho internacional humanitario y temas de áreas vinculadas", Lecciones y Ensayos nro. 78, Gabriel Pablo Valladares (compilador), Lexis Nexis Abeledo Perrot, Buenos Aires, 2003, ps. 311 a 347. CICR ref. T2003.49/0003. La aplicación del Derecho Internacional Humanitario por los tribunales nacionales: La extradición de criminales de guerra. (A propósito del caso Priebke, Erich s/ solicitud de Extradición. Causa No 1663/94). En este artículo se intenta describir las distintas posiciones asumidas por los tribunales de Argentina, como Estado requerido, y los fundamentos asumidos por los tribunales de Italia, como Estado requirente, en la extradición del ciudadano alemán Erich Priebke, quien fuera finalmente procesado y condenado por la justicia italiana. En reiteradas ocasiones las normas del Derecho Internacional Humanitario (DIH) relativas tanto a los conflictos armados internacionales como internos, deben ser interpretadas y aplicadas por los tribunales de uno o más Estados. Esta situación se presenta en particular en los casos en los que se ventila la extradición de criminales de guerra. Los tribunales internos del Estado requirente y los del Estado requerido tendrán entonces oportunidad de definir las normas aplicables a la extradición entre las que inexorablemente se incluirán normas del DIH relativas a la definición de crímenes de guerra, su imprescriptibilidad y a la potencial aplicación de atenuantes o agravantes de las penas. (en formato PDF/269 k) Ayuda PDF |